La reforma exprés de la Ley Orgánica del Poder Judicial emprendida por el Gobierno para reducir al mínimo la llamada justicia universal también deja fuera de la protección de los tribunales españoles los delitos de mutilación genital femenina cometidos en el extranjero. La modificación legislativa que el Partido Popular acomete a marchas forzadas mediante una proposición de Ley Orgánica del Grupo Popular en el Congreso
no menciona en su prolijo articulado la ablación del clítoris de las
niñas entre las infracciones cometidas fuera del territorio español que
podrán perseguir los jueces de la Audiencia Nacional. La norma vigente
en la actualidad menciona expresamente como perseguibles los delitos
“relativos a la mutilación genital femenina, siempre que los
responsables se encuentren en España”. En el texto modificado, de cinco
páginas, esta mención simplemente desaparece.
La mutilación genital se practica cada año a tres millones de niñas
en amplias zonas de África y Oriente Medio, según la Organización
Mundial de la Salud. Esta práctica, reconocida internacionalmente como
una violación de los derechos humanos, acarrea en muchos casos problemas
de salud, desde hemorragias, infecciones, quistes, esterilidad y
aumento del riesgo de complicaciones del parto. La mayoría de las veces
se realiza en malas condiciones de higiene y sin control médico.
La justicia española es competente para perseguir universalmente la
mutilación genital femenina desde julio de 2005. Ese año, el Gobierno
socialista de José Luis Rodríguez Zapatero modificó el artículo 23.4 de
la Ley Orgánica del Poder Judicial para incorporar este delito al
catálogo de infracciones que se pueden investigar aunque se cometan
fuera del territorio español. En la exposición de motivos de aquella
ley, el anterior Ejecutivo sostenía que la ablación encaja en los
supuestos del artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que
reza así: “Nadie podrá ser sometido a tortura ni a penas o tratos
inhumanos o degradantes”.
Aquel texto se redactó con una intención principal. La mayor parte de
los casos de ablación que sufren niñas con residencia en España se
producen durante viajes a los países de origen de sus padres. Esta
normativa ha permitido juzgar en España casos de mutilación genital
detectados por médicos en menores.
En abril de 2013, la Audiencia Nacional condenó por primera vez a una
mujer de nacionalidad senegalesa por la extirpación ritual del clítoris
que sufrió su hija después de que la dejara con un año de edad en su
aldea natal a cargo de sus abuelos. Esa sentencia condenaba por primera
vez a progenitores que perpetraron o toleraron esta práctica antes de
llegar a España con sus hijas. El Tribunal Supremo anuló este fallo el pasado diciembre
porque no se probaba la “participación consciente o negligente” de la
acusada en la mutilación que padeció la menor en su país de origen.
El Gobierno del PP ha iniciado la reforma de la jurisdicción universal
después de que China haya mostrado su malestar —y amagado con
represalias económicas— por la investigación de la Audiencia Nacional a
la cúpula del Partido Comunista del gigante asiático por el genocidio
del Tíbet. El nuevo texto legal hace mención a los “delitos contra la
libertad e indemnidad sexual cometidos sobre víctimas menores de edad”.
Fuentes de la Audiencia Nacional descartan que este nuevo enunciado, que
amplía los delitos de “prostitución y corrupción de menores o
incapaces” perseguidos hasta ahora, incluya la ablación. En el Código
Penal, la mutilación genital entra en la categoría de las lesiones y no
de los delitos sexuales.
La reforma legal estrecha aún más los supuestos en los que los jueces
españoles pueden investigar delitos cometidos en el extranjero, y no
solo en los casos de genocidio, crímenes de lesa humanidad o tortura. En
el caso de los delitos contra la libertad sexual de menores de edad
(pedofilia o pederastia) cometidos fuera de España, el texto establece
que los jueces españoles solo podrán entrar a investigar si el acusado
es ciudadano español o extranjero con residencia habitual en España.
También se podrá abrir una instrucción si la víctima del delito tiene
nacionalidad española, pero en este caso se pone una condición: que el
supuesto agresor se halle en suelo español.
CiU ayudó este martes con su abstención en la Mesa del Congreso a agilizar la limitación de la justicia universal.
La proposición del PP que reduce al mínimo la capacidad de actuar de
los tribunales españoles se debatirá y aprobará el próximo martes en el
Congreso, con el rechazo de PSOE, IU y UPyD. El Gobierno ha optado por
esta vía de proposición de ley del PP, inédita en esta legislatura, para
que se apruebe antes y para eludir la petición de informes del Consejo
General del Poder Judicial (CGPJ), el Consejo de Estado y el Consejo
Fiscal. El PSOE había pedido que, apelando a un precedente, se pidiera
informe al Poder Judicial. Pero el PP se opuso en la Mesa con la ayuda
de CiU.
http://politica.elpais.com/politica/2014/02/04/actualidad/1391541477_643255.html
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